Cuarto Encuentro Consejo de Concejales |
El 27 de Agosto se dieron cita en la Casa de la Cultura Hipólito de J. Cárdenas del municipio de Támeis, concejales y alcaldes del suroeste de Antioquia con el propósito de discutir diferentes mecanismos jurídicos y políticos para la defensa del territorio.
Támesis, Pueblorrico, Jardín, Jericó, Tarso, Santa Bárbara, entre otras delegaciones más y grupos organizados del Suroeste como el Cinturón Occidental Ambiental – COA, grupos locales como el Comité por la Defensa Ambiental del Territorio – Codeate, grupo de jóvenes y estudiantes, participaron en la discusión “Herramientas jurídicas para la defensa municipal del territorio” que fue el tema que convocaba al encuentro Consejo de Concejales.
Invitados especiales como magistrados de la Corte Constitucional, del Tribunal Administrativo de Antioquia, representantes de la Federación Nacional de Municipios y el Cinturón Occidental Ambiental – COA, presentaron sus ponencias y propuestas socio-políticas y jurídicas para implementar en el Suroeste de Antioquia.
Con un análisis de la ley 685 de 2001 (Código de Minas) del proyecto de ley 1382 de 2010 (reforma al código de minas), el decreto 0934 de 2013 y la sentencia C-123/14 (demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 37 de la ley 685 de 2001 y del artículo 2 del decreto 0934 de 2013) se planteó una discusión sobre posibles acciones que deberían implementar concejos y alcaldías para defender su territorio.
La sentencia C-123/14 ha generado un debate nacional de gran trascendencia jurídica y política, pues surge como respuesta a la demanda de inconstitucionalidad del artículo 37 del código de minas para declararlo inexequible, es decir, sin eficacia jurídica. Sin embargo, la corte constitucional ratificó el artículo 37 pero determinó que “los entes territoriales deben tenerse en cuenta por el gobierno cuando defina zonas mineras”[1].
“ el debate estaba planteado hace meses. Una consulta popular realizada a mediados de 2013 en la población de Piedras (Tolima) […] Ello se convirtió en la génesis de una polémica: ¿pueden las comunidades frenar el desarrollo de proyectos mineros?. […]
La idea es que, en adelante existan mecanismos de concertación que les dé participación de las regiones cuando se trata de proyectos mineros que se vayan a desarrollar en sus territorios”[2].
Bajo esta premisa emitida por la Corte Constitucional, se propone que se solicite a las instancias estatales determinar cuáles serán las condiciones y garantías de estos mecanismos de concertación, mientras no se den esas garantías, los proyectos mineros deberían detenerse; no se trata de concertar y mitigar el manejo de impactos ambientales, sino establecer condiciones de coordinación, concurrencia y subsidiariedad invocando el principio de autonomía territorial consagrados en los artículo 287 y 288 de la Constitución Política de Colombia.
El Cinturón Occidental Ambiental – COA, articulación regional para la defensa del territorio y fundador y promotor del encuentro Consejo de Concejales del Suroeste de Antioquia, centró su discusión en la movilización social y la importancia de las consultas populares para implementar en algunos municipios del suroeste, como un ejercicio de resignificación del territorio y acciones políticas donde las comunidades proyectan su derecho a decidir a partir de un ejercicio popular como la Consulta.
La Consulta Popular también debe ser tenida en cuenta para acordar con las autoridades territoriales concernidas, las medidas necesarias para la protección del territorio, es una clara propuesta de la movilización social para que se incluya, en la decisión que la Corte Constitucional emitió, mediante la Sentencia 123 de 2014, para que exista armonía entre el Principio de centralización del Estado y el Principio de Autonomía Territorial.
El Suroeste de Antioquia ha alimentado la discusión a nivel nacional frente a temas de la descentralización del Estado y la autonomía de las entidades territoriales, elementos políticos que seguirán siendo parte del debate nacional para la defensa del Territorio.
Las acciones jurídicas son importantes pero no deben ser el centro de la acción de la movilización social, nuestro eje central será la cultura, como un referente esencial que nos permitirá construir territorio, acciones políticas, herramientas jurídicas y propuestas económicas a partir de lo que hemos sido y lo que queremos transformar y construir, con espíritu de lucha y pensamientos propios.
Suroeste de Antioquia: Territorio Sagrado para la Vida
La Calle 30
Cinturón Occidental Ambiental - COA
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[1] http://www.semana.com/nacion/articulo/mineria-gobierno-debera-consultar-regiones/379631-3
[2] Ibídem.
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